Historia clínica electrónica

Confidencialidad y privacidad de los datos clínicos

  • Juan Eduardo Gil Yacobazzo Facultad de Medicina, Universidad de la República
  • María José Viega Rodríguez Facultad de Medicina, Universidad de la República
Palabras clave: REGISTROS ELECTRÓNICOS DE SALUD, CONFIDENCIALIDAD, ACCESO A LA INFORMACIÓN, URUGUAY

Resumen

El país se encuentra implementando la historia clínica electrónica nacional (HCEN) en un escenario donde cada prestador de salud está obligado a contar con una historia clínica electrónica (HCE) y a intercambiar datos clínicos de las personas que son asistidas.

Este trabajo tiene como objetivo revisar y discutir los aspectos vinculados a la confidencialidad y privacidad de los datos de la historia clínica de las personas en este nuevo escenario.

Se comienza por definir un marco conceptual respecto a la HCE y al sistema de HCEN. Se hace una revisión del encuadre jurídico actual respecto a esta temática, haciendo énfasis en conceptos generales de la privacidad y abordando aspectos específicos vinculados al acceso y la custodia de las historias clínicas.

La implementación del sistema HCEN representa a priori varios beneficios, tanto desde el punto de vista asistencial (paciente y médico) como desde el punto de vista del sistema nacional de información en salud. Para llevar adelante la implementación de la HCEN, fue necesario regular algunos aspectos jurídicos, esto es, los derechos y las obligaciones emergentes del nuevo sistema.

Biografía del autor/a

Juan Eduardo Gil Yacobazzo, Facultad de Medicina, Universidad de la República

Profesor Agregado Dpto. de Métodos Cuantitativos. Facultad de Medicina, Universidad de la República. Montevideo

María José Viega Rodríguez, Facultad de Medicina, Universidad de la República

Profesora Adscripta Derecho Informático y Telemático. Facultad de Derecho. Universidad de la República. Montevideo

Citas

(1) WHA58.28 eHealth. (Ninth plenary meeting, 25 May 2005 -Committee A, seventh report). En: World Health Organization. Fifty-eighth World Health Assembly, Geneva, 16-25 May 2005. WHO: Geneva, 2005: 108-10.

(2) World Health Organization. eHealth. Report by the Secretariat. EB115/39 (16 December 2004). WHO: Geneva, 2004: 6 p.

(3) Uruguay. Presidencia de la República. AGESIC. Memoria 2015. Salud.uy. Montevideo: AGESIC, 2015. Disponible en: https://www.agesic.gu:b.uy/innovaportal/file/4636/1/memoria-anual-2015.pdf (Consulta: 3 mayo 2018).

(4) Viega MJ. El programa Salud.uy. Desarrollo de la Historia Clínica Electrónica Nacional (Libro de Ponencias). En: XX Congreso de Derecho e Infomática. Salamanca (19-29 octubre 2016). Salamanca: FIADI, 2016.

(5) Viega MJ, Hernández MJ. Derecho informático e informática jurídica II. Montevideo: FCU, marzo 2018.

(6) França-Tarragó O. Fundamentos de la bioética: perspectiva personalista. Buenos Aires: Paulinas HSP, 2008.

(7) Ley N° 18.331. Ley de protección de datos personales. Montevideo, 11 de agosto de 2008. Disponible en: https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18331-2008 (Consulta: 3 mayo 2018).

(8) Decreto N° 414/009. Reglamentación de la ley 18.331, relativo a la protección de datos personales. Montevideo, 31 de agosto de 2009. Disponible en: https://www.impo. com.uy/bases/decretos/414-2009/40(Consulta: 3 mayo 2018).

(9) Viega MJ, Rotondo F, coords. Privacidad y tecnología en equilibrio. 2013. Disponible en: www.viegasociados.com (Consulta: 3 mayo 2018).

(10) Ley N° 19.286. Creación del marco normativo relativo a la expedición de certificados de defunción. Montevideo, 21 de junio de 2018.

(11) Viega MJ, Nahabetian L, coords. Los derechos ciudadanos en el gobierno electrónico. Montevideo: 2013. Disponible en: http://agesic.gub.uy/innovaportal/file/3551/1/libro_derechos_ciudadanos.pdf (Consulta: 10 enero 2018).

(12) Decreto N° 242/017. Reglamentación del art. 466 de la ley 19.355, relativo a los mecanismos de intercambio de información clínica con fines asistenciales a través del sistema de historia clínica electrónica nacional. Revocación del decreto 396/003. Montevideo, 31 de agosto de 2017. Disponible en: https://www.impo.com.uy/bases/decretos/242-2017/4. (Consulta: 3 mayo 2018).

(13) Ley N° 19.355. Presupuesto nacional de sueldos gastos e inversiones. Ejercicio 2015-2019. Montevideo, 19 de diciembre de 2015. Disponible en: https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19355-2015. (Consulta: 3 mayo 2018).

(14) Ley N° 18.211. Creación del sistema nacional integrado de salud. Montevideo, 5 de diciembre de 2017. Disponible en: https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18211-2007/61. (Consulta: 3 mayo 2018).

(15) Ley Nº 18.335. Derechos y obligaciones de pacientes y usuarios de los servicios de salud. Montevideo, 15 de agosto de 2008. Disponible en: https://www.impo.com.uy/bases/leyes/18355-2008/1 (Consulta: 3 mayo 2018).

(16) Decreto N° 379/008. Apruébase el proyecto elaborado por la Comisión de Bioética y Calidad de Atención, dependiente de la Dirección General de la Salud, del Ministerio de Salud Pública, vinculado a la Investigación en Seres Humanos. Montevideo, 14 de agosto de 2008. Disponible en: http://www.impo.com.uy/bases/decretos-originales/379-2008 (Consulta: 3 mayo 2018).

Publicado
2018-12-03
Cómo citar
1.
Gil Yacobazzo JE, Viega Rodríguez MJ. Historia clínica electrónica. Rev. Méd. Urug. [Internet]. 3 de diciembre de 2018 [citado 18 de diciembre de 2024];34(4):228-33. Disponible en: https://www2.rmu.org.uy/ojsrmu311/index.php/rmu/article/view/25
Sección
Artículos Especiales