Aborto por indicación médico-legal

Pautas para su práctica institucional en Uruguay (2009)

  • Hugo Rodríguez Almada Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal. Profesor Agregado
  • Fabián Rodríguez Universidad de la República, Facultad de Medicina, Clínica Ginecotocológica A, Profesor Adjunto. Ministerio de Salud Pública, Dirección General de la Salud, Programa Mujer y Género, Área Salud Sexual y Reproductiva, Coordinador
  • Guido Berro Rovira Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal. Ex Profesor Director
Palabras clave: ABORTO LEGAL, ABORTO TERAPÉUTICO

Resumen

Justificación: desde la primera edición de estas pautas (2006) se produjeron cambios legislativos en salud sexual y reproductiva y derechos de las usuarias. Ello justifica la revisión y actualización de sus contenidos, si bien mantienen los criterios originales.
Introducción: desde 1938 en Uruguay el aborto es un delito. Pero existen diferentes causas por las que no es punible, no es delito, o puede ser un gesto terapéutico obligatorio. El manejo de estas situaciones no está bien incorporado a la práctica médica, lo que se expresa en trabas a su práctica institucional, favoreciendo el circuito clandestino y el aborto inseguro.
Objetivos: 1. Definir el aborto por indicación médico-legal.
2. Pautar la práctica institucional del aborto por indicación médico-legal.
3. Favorecer que el aborto por indicación médico-legal se practique dentro del sistema sanitario en forma reglada, precoz, oportuna y segura.
4. Brindar un marco de seguridad médico-legal a las usuarias, los profesionales de la salud y las instituciones asistenciales públicas y privadas, en lo atinente a la práctica del aborto por indicación médico-legal.
Definición: se entiende por aborto por indicación médico-legal el acto médico o quirúrgico consistente en la interrupción voluntaria de la gravidez en los casos en que la ley prevé la no imposición de una pena. Tipo 1 (indicación absoluta): causales de aborto sin sanción penal (para salvar la vida de la mujer, causa grave de salud y embarazo fruto de violación). Tipo 2 (indicación relativa): causales que facultan al juez a eximir de pena (angustia económica y causa de honor). Tipo 3 (indicación dilemática): cuando el permiso legal para interrumpir el embarazo es controvertido o se identifican dilemas éticos o médico-legales no previstos expresamente en las pautas.
Pautas generales: se aplican siete principios: acto médico institucional (deben practicarse en instituciones habilitadas), acto ginecotocológico (salvo emergencia o urgencia en que no exista accesibilidad al especialista), confidencialidad (el secreto médico tiene especial protección en casos de aborto), denuncia (notificación obligatoria al Ministerio de Salud Pública sin revelar la identidad de la mujer), registro en la historia clínica (obligatorio), información y consentimiento (preferentemente bajo firma), objeción de conciencia personal (asegurando la continuidad asistencial).
Pautas especiales: según se trate de indicación tipo 1, 2 o 3, se deberán aplicar requisitos y criterios especiales para cada situación.

Citas

(1) Rodríguez Almada H, Berro Rovira G. Pautas para la práctica institucional del aborto por indicación médico-legal. Rev Méd Urug 2006; 22(2): 157-61.
(2) Rodríguez Almada H, Berro Rovira G. Fundamentos médico-legales. In: Ministerio de Salud Pública. Iniciativas Sanitarias con el aborto provocado en condiciones de riesgo. Normativa de atención sanitaria y guías de práctica clínica de la Ordenanza 369/2004: "Asesoramiento para una maternidad segura. Medidas de protección frente al aborto provocado en condiciones de riesgo". Montevideo: MSP, 2004: 24-8.
(3) Cairoli Martínez M. El aborto. En: Curso de Derecho Penal Uruguayo. Tomo III. Montevideo: FCU, 1989: 119-39.
(4) Adriasola G. Aborto: posibilidad de un consenso social.
(5) Berro Rovira G. Un esfuerzo positivo y serio.
(6) Briozzo L, Vidiella G, Godoy H, Rodríguez Almada H, Rodríguez F, Vidarte B, et al. Normativa de atención sanitaria. Medidas de protección materna frente al aborto provocado en condiciones de riesgo. In: Ministerio de Salud Pública. Iniciativas Sanitarias con el aborto provocado en condiciones de riesgo. Normativa de atención sanitaria y guías de práctica clínica de la Ordenanza 369/2004: "Asesoramiento para una maternidad segura. Medidas de protección frente al aborto provocado en condiciones de riesgo". Montevideo: MSP, 2004: 7-10.
(7) Briozzo L, Vidiella G, Vidarte B, Ferreiro G, Cuadro J. El aborto provocado en condiciones de riesgo: emergente sanitario en la mortalidad materna en Uruguay. Situación actual e iniciativas médicas de protección materna.
(8) Rotondo MT. Fundamentos bioéticos. In: Ministerio de Salud Pública. Iniciativas Sanitarias con el aborto provocado en condiciones de riesgo. Normativa de atención sanitaria y guías de práctica clínica de la Ordenanza 369/2004: "Asesoramiento para una maternidad segura. Medidas de protección frente al aborto provocado en condiciones de riesgo".
(9) World Health Organization. Safe Abortion: Technical and Policy Guidance for Health Systems.
(10) Faúndez A, Barzelatto J. El drama del aborto. En busca de un consenso. Bogotá: Grupo TM, 2005.
(11) Colás OR, Andalaf Neto J, Rosas CF, Kater JR, Pereira IG. Aborto legal por estupro: primeiro programa público do país. Bioética 1994; 2(1): 81-5.
(12) Gisbert Calabuig JA, Gisbert Grifo MS. Problemas médico-legales del aborto. Lesiones al feto. In: Villanueva Cañadas E, Gisbert Calabuig, eds. Medicina legal y toxicología. 6ª ed. Barcelona: Masson, 2004: 613-33.
(13) Brasil. Ministerio da Saúde. Norma técnica. Prevenção e tratamento dos agravos resultantes da violencia sexual contra mulheres e adolescentes. Brasilia-DF: Ministério da Saúde, 2005.
(14) López Machín G. Reflexiones para la adecuación jurídica de la legislación vigente de conformidad con los resultados de la investigación sobre "aborto en condiciones de riesgo".
(15) Corujo W. Breves referencias al delito de aborto con consentimiento de la mujer y el secreto profesional en la Ley 9.763. Su relevamiento y aplicación en el Código del Proceso Penal. Colaboración principal y secundaria y la disminución del riesgo.
(16) Adriasola G. Secreto médico, encubrimiento y omisión de asistencia. Montevideo: FCU, 2008.
(17) Galán Cortés J. La responsabilidad médica y el consentimiento informado.
(18) Galán Cortés JC. Consentimiento informado y responsabilidad médica. Madrid: Civitas, 2001.
(19) Berro Rovira G. El consentimiento del adolescente: sus aspectos médicos, éticos y legales.
(20) Verdú Pascual F. El paciente menor: un perdedor nato. V Jornadas de Responsabilidad Médica. Montes Claros: Unimontes, 2002: 269-78.
(21) Ministerio de Salud Pública. Programa Nacional de Salud Adolescente. Montevideo: MSP, 2007.
(22) Langón Cuñarro M. Curso de derecho penal y derecho procesal. Montevideo: Del Foro, 2001.
(23) Bayardo Bengoa F. La tutela penal del secreto. Montevideo: Facultad de Derecho, 1961.
(24) Adriasola G. Alcance del secreto profesional del médico. V Jornadas de Responsabilidad Médica. Montes Claros: Unimontes, 2002: 279-91.
(25) León I, Vidarte B, Vivas P. Proyecto de implementación de las Guías de práctica clínica para la atención inicial y postaborto. Anexo II. Formulario de notificación obligatoria de maniobras abortivas. Vigilancia epidemiológica. In: Briozzo L, coord. Iniciativas sanitarias contra el aborto provocado en condiciones de riesgo: aspectos clínicos, epidemiológicos, médico-legales, bioéticos y jurídicos. Montevideo: SMU, 2002: 149-53.
(26) Berlangieri CM. Propuesta de formulario-tipo para la comunicación de intervención médica en un aborto o en sus complicaciones.
(27) Rodríguez Almada H. Aspectos críticos de la responsabilidad médica y su prevención.
(28) Sindicato Médico del Uruguay. Pautas de consentimiento para el Uruguay actual. In: I Jornadas de Prevención de la Malpraxis Médica 1992. Montevideo: SMU, 1993: 221-12.
(29) Bergese C. Reflexiones sobre las Iniciativas sanitarias contra el aborto provocado en condiciones de riesgo. V Jornadas de Responsabilidad Médica. Montes Claros: Unimontes, 2002: 251-5.
(30) Rodríguez Almada H. Seudoconsentimiento informado en Uruguay.
(31) Cerrutti S, Benia W, Frontán M, Grela C, Peláez S, Szuchmacher V, et al.
(32) Cairoli Martínez M. Tutela de las buenas costumbres. In: Curso de Derecho Penal Uruguayo. Tomo III. Montevideo: FCU, 1989: 259-312.
(33) Rodríguez Almada H. Atentados sexuales contra mujeres. In: Medicina legal de la mujer y del niño. Montevideo: Bibliomed, 2007: 27-42.
Publicado
2009-12-31
Cómo citar
1.
Rodríguez Almada H, Rodríguez F, Berro Rovira G. Aborto por indicación médico-legal. Rev. Méd. Urug. [Internet]. 31 de diciembre de 2009 [citado 5 de mayo de 2024];25(4):230-8. Disponible en: http://www2.rmu.org.uy/ojsrmu311/index.php/rmu/article/view/453