Métodos de tortura del terrorismo de Estado en Uruguay y valoración médico-legal de su idoneidad para causar lesiones graves o gravísimas

  • Hugo Rodríguez Almada Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses http://orcid.org/0000-0002-7330-6508
  • Frances Borches Duhalde Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses
  • Natalia Bazán Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses
  • Sylvia Gamero Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses
  • Fernanda Lozano Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses
  • Rafael Roó Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses
Palabras clave: TORTURA, VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS, MEDICINA LEGAL, URUGUAY

Resumen

La Medicina Legal tiene entre sus misiones el diagnóstico de la tortura como forma de contribución a las investigaciones judiciales y a la reparación de las víctimas. En Uruguay se desarrollan numerosos procedimientos administrativos y criminales referidos al período del terrorismo de Estado (entre el 27 de junio de 1973 y el 28 de febrero de 1985). Si bien el delito de tortura es un delito de lesa humanidad imprescriptible, se tipificó en la Ley Nº 18.026 de 26 de setiembre de 2006. La jurisprudencia nacional ha desestimado su tipificación en los casos del período del terrorismo de Estado en base al principio de no irretroactividad de la ley penal. Paralelamente, la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad ha requerido numerosos informes respecto de la posibilidad de que los métodos de tortura aplicados por el terrorismo de Estado en Uruguay pudieran causar lesiones graves o gravísimas.

Objetivo general:

contribuir al conocimiento de los crímenes del terrorismo de Estado en Uruguay, aportando así a la realización de los estándares internacionales de verdad, justicia, memoria y reparación.

Objetivos específicos:

1. Describir los métodos de tortura empleados. 2. Determinar su idoneidad para producir lesiones graves o gravísimas.

Metodología:

el estudio se basó en las investigaciones históricas nacionales sobre el terrorismo de Estado, así como en la jurisprudencia en la materia, la revisión de la bibliografía internacional, la fisiopatología de situaciones análogas y los actuales consensos nacionales sobre los supuestos fácticos incluidos en los tipos penales de lesiones graves y gravísimas.

Resultados:

en el período del terrorismo de Estado en Uruguay ha sido característica la aplicación de torturas a gran escala y en forma sistemática. Los métodos más habitualmente aplicados fueron el encapuchamiento, la privación de agua, alimentos y reposo, la exposición al frío, las golpizas, incluido el teléfono, el plantón, el colgamiento, el caballete, el submarino húmedo y seco, la picana eléctrica y las agresiones sexuales. Los distintos métodos de tortura física incluyen un sufrimiento psíquico. A través de mecanismos específicos, todos resultan idóneos para ocasionar daños que encuadran en diversos supuestos de los delitos de lesiones graves y gravísimas. En las mujeres embarazadas, todos estos métodos de tortura son eficaces para provocar el aborto o adelantar el parto.

Conclusiones:

existió un patrón en los métodos de tortura sistemática empleados por el terrorismo de Estado que incluyó métodos omisivos, posicionales, traumáticos, eléctricos, asfícticos y sexuales. Todos ellos pueden determinar uno o más de los supuestos comprendidos en los delitos de lesiones graves y gravísimas. El peligro de vida y las secuelas psicológicas son inherentes a la tortura. En las mujeres embarazadas, todos los métodos de tortura reseñados son eficaces para provocar el aborto o el adelantamiento del parto.

Citas

(1) Stan CA. Forensic standardizations in torture and death in custody investigations. Interv Med App Sci 2012; 4(4):210-6.

(2) Thomsen JL, Helweg-Larsen K, Rasmussen OV. Amnesty International and the forensic sciences. Am J Forensic Med Pathol 1984; 5(4):305-11.

(3) Thomsen JL, Voigt J. Forensic medicine and human rights. Forensic Sci Int 1988; 36(1-2):147-51.

(4) Thomsen JL. The role of the pathologist in human rights abuses. J Clin Pathol 2000;

(8):569-72.

(5) Saukko P, Knight B. Abuse of Human Rights: deaths in custody. En: Saukko P, Knight B, eds. Knight´s Forensic Pathology. 4th ed. Florida: CRC, 2016:299-310.

(6) ONU. Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos. Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul). Ginebra: ONU, 2004.

(7) Rodríguez Almada H. Legal Medicine and Forensic Science in Uruguay. En: Ubelaker DH, ed. The Global Practice of Forensic Science. Oxford: Wiley, 2015:335-49.

(8) Naciones Unidas. Derechos Humanos. Oficina del Alto Comisionado. Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Ginebra, 1984. Disponible en: www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CAT.aspx [Consulta: 14 set. 2018].

(9) Rodríguez Almada H, Olivera Negrín J, Alves A, Mederos D. Delitos contra la personalidad física: traumatismo, lesiones y violencia doméstica. En: Rodríguez Almada H, coord. Medicina Legal. Derecho Médico. Montevideo: Oficina del Libro-FEFMUR, 2017:209-24.

(10) Mederos D. Enchalecamiento: un método de suplicio y ajusticiamiento de la época colonial. Reseña histórica y consideraciones médico-legales. Rev Méd Urug 2007;

:203-6.

(11) Rico A, coord. Investigación histórica sobre dictadura y terrorismo de estado en Uruguay (1973-1985). Montevideo: UdelaR, 2008.

(12) Yarzábal L. La tortura como enfermedad endémica en América Latina: sus características en Uruguay. Nueva antropol 1985; 7 (28):75-92.

(13) Uruguay. Presidencia de la República. Informe final de la Comisión para la Paz. Uruguay, 2003. Disponible en:

www.archivo.presidencia.gub.uy/noticias/archivo/2003/abril/Informe_final.doc [Consulta: 14 set. 2018].

(14) Rico A, coord., Barrán JC, Caetano G. Investigación histórica sobre detenidos desaparecidos. Montevideo: IMPO, 2007.

(15) Observatorio Luz Ibarburu. Base de Jurisprudencia. Juzgado Letrado en lo Penal de 10º turno. Sentencia nº 34/2013. Montevideo, 29 de abril de 2013. Disponible en: https://www.observatorioluzibarburu.org/media/uploads/sent_29-04-13_homicidio_dalmao_jueza_sanchez.pdf [Consulta: 17 set. 2018].

(16) Observatorio Luz Ibarburu. Base de Jurisprudencia. Sentencia nº 36. Montevideo, 26 de marzo de 2009. Juzgado Letrado en lo Penal de 19º turno. Disponible en: https://www.observatorioluzibarburu.org/media/uploads/98_247_2006.pdf. [Consulta: 17 set. 2018].

(17) Chile. Informe de la Comisión Nacional sobre prisión política y tortura. Chile, 2004. Disponible en: http://www.derechoshumanos.net/paises/America/derechos-humanos-Chile/informes-comisiones/Informe-Comision-Valech.pdf. [Consulta: 17 set. 2018].

(18) Observatorio Luz Ibarburu. Base de Jurisprudencia. Montevideo, 6 de Febrero de 2013. Juzgado Letrado en lo Penal de 7º turno. Disponible en: http://www.observatorioluzibarburu.org/media/uploads/88972010.pdf. [Consulta: 17 set. 2018].

(19) Uruguay. Poder Judicial. Base de Jurisprudencia Nacional Pública. Tribunal de Apelaciones 2º turno. Sentencia nº 204/2010. Montevideo, 26 de junio de 2010. Disponible en:

http://bjn.poderjudicial.gub.uy/BJNPUBLICA/hojaInsumo2.seam?cid=8354 [Consulta: 17 set. 2018].

(20) Observatorio Luz Ibarburu. Base de Jurisprudencia. Juzgado Letrado en lo Penal de 7º turno. Auto de procesamiento. Montevideo, 2 de setiembre de 2015. Disponible en:

https://www.observatorioluzibarburu.org/media/uploads/Perrini_auto_procesamiento_2setiembre2015.pdf. [Consulta: 17 set. 2018].

(21) Pollanen MS. The pathology of torture. Forensic Sci Int 2018; 284:85-96.

(22) Uruguay. Poder Judicial. Base de Jurisprudencia Nacional Pública. Tribunal de Apelaciones 4º turno. Sentencia nº 405/2012, Montevideo, 15 de noviembre de 2012. Disponible en: http://bjn.poderjudicial.gub.uy/BJNPUBLICA/hojaInsumo2.seam?cid=7757 [Consulta: 17 set. 2018].

(23) Observatorio Luz Ibarburu. Base de Jurisprudencia. Juzgado Letrado en lo Penal de 4º turno. Sentencia nº 1825/2011. Montevideo, 31 de octubre de 2011. Disponible en: https://www.observatorioluzibarburu.org/causas/39. [Consulta: 17 set. 2018].

(24) Saenz M, Liñán Fuentes L, Camargo Y. Tortura. En: Téllez Rodríguez N, coord. Patología forense: un enfoque centrado en derechos humanos. t. 2 Bogotá: Universidad de Colombia, 2014.

(25) Observatorio Luz Ibarburu. Base de Jurisprudencia. Sentencia nº 157/2009. Montevideo, 21 de Octubre de 2009. Juzgado Letrado en lo Penal de 19º turno. Disponible en: http://www.observatorioluzibarburu.org/media/uploads/3.%20Alvarez_y_Larcebeau%20sent%20157%20%2021.10.2009.pdf. [Consulta: 17 set. 2018].

(26) Uruguay. Poder Judicial. Base de Jurisprudencia Nacional Pública. Tribunal de Apelaciones 3er turno. Sentencia nº 346/2011. Montevideo, 15 de noviembre de 2011. Disponible en: http://bjn.poderjudicial.gub.uy/BJNPUBLICA/hojaInsumo2.seam?cid=8306 [Consulta: 17 set. 2018].

(27) Moisander PA. Edston E. Torture and its sequel -a comparison between victims from six countries. Forensic Sci Int 2003; 137(2-3):133-40.

(28) Williams AC, Peña CR, Rice AS. Persistent pain in survivors of torture: a cohort study. J Pain Symptom Manage 2010; 40(5):715-22.

(29) Perera P. Physical methods of torture and their sequelae: a Sri Lankan perspective. J Forensic and Leg Med 2007; 14(3):146-50.

(30) Madariaga C. Trauma psicosocial, trastorno de estrés postraumático y tortura. Santiago de Chile: Cintras, 2002.

(31) Nickerson A, Garber B, Ahmed O, Asnaani A, Cheung J, Hofmann S, et al. Emotional suppression in torture survivors: relationship to posttraumatic stress symptoms and trauma-related negative affect. Psychiatry Res 2016; 242:233-9.

(32) Weisleder P, Rublee C. The neuropsychological consequences of armed conflicts and torture. Curr Neurol Neurosci Rep 2018; 18(3): 9.

(33) Miller L. PTSD and forensic psychology. Applications to civil and criminal law. Florida: Springer, 2015.

(34) DiMaio VJ, DiMaio DJ. Forensic pathology. 2th ed. Boca Raton, FL: CRC, 2001.

(35) Tejerizo-García A, Teijelo AI, Nava E, Sánchez-Sánchez MM, García-Robles RM, Leiva A, et al. Traumatismo no penetrante en la gestante. Un caso de encefalopatía hipoxicoisquémica fetal después de accidente automovilístico materno. Clin Invest Ginecol Obstet 2002; 29:13-30.

(36) Piccenna L, Shears G, O’Brien TJ. Management of post ] traumatic epilepsy: an evidence review over the last 5 years and future directions. Epilepsia Open 2017; 2(2):123-44.

(37) Vargas Sanabria M. Valoración médico legal de la hipoacusia. Med leg Costa Rica 2012; 29(1):61-78.

(38) Sánchez Ramos A, Godino Duran JA, Antonio Oliviero A. Disfunción eréctil de origen neurológico. Arch Esp Urol 2010; 63(8): 603-9.

(39) Iranzo A. Estudio del concepto y valoración médico-legal de la impotencia genital. Anales Universidad de Valencia 1969; XXXIII. (Curso 1959-60-Cuaderno II).

(40) Castelló A, Francés F, Rodríguez Almada H, Verdú P. Estudio médico legal de las asfixias mecánicas. Comares, Granada: 2011.

Publicado
2019-04-07
Cómo citar
1.
Rodríguez Almada H, Borches Duhalde F, Bazán N, Gamero S, Lozano F, Roó R. Métodos de tortura del terrorismo de Estado en Uruguay y valoración médico-legal de su idoneidad para causar lesiones graves o gravísimas. Rev. Méd. Urug. [Internet]. 7 de abril de 2019 [citado 18 de abril de 2024];35(1):42-3. Disponible en: http://www2.rmu.org.uy/ojsrmu311/index.php/rmu/article/view/11
Sección
Artículos Especiales