Ley de Voluntad Anticipada en Uruguay

Una intención loable con algunas inconsistencias

  • Frances Borches Duhalde Universidad de la República, Facultad de Medicina, Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses
Palabras clave: ÉTICA, DIRECTIVAS ANTICIPADAS, VOLUNTAD EN VIDA

Resumen

La Ley Nº 18.473 y el Decreto que la reglamenta (385/013) fueron concebidos con la finalidad de dar un marco normativo a la posibilidad que tiene una persona de establecer sus preferencias sobre ciertos actos médicos cuando todavía es capaz de consentir, ejerciendo su autonomía de manera anticipada ante la eventual pérdida de capacidad de decisión. Por lo tanto, el hecho de llevar a cabo o no un procedimiento médico no dependerá de la capacidad de consentir de la persona en ese momento, esto es lo que la diferencia del consentimiento informado habitual.

Citas

1) Rodríguez Almada H, Revetria Bentancor M. Consentimiento informado y voluntad anticipada. En: Rodríguez Almada H, coord. Medicina Legal: derecho médico. 2 ed. Montevideo: Oficina del Libro-FEFMUR 2020:149-60.
2) Figueroa PR. Instrumentos legales en la toma de decisiones médicas en cuadros crónicos terminales. Bioética 1998, 6(1):7-12.
3) Rodríguez Almada H. La legislación uruguaya sobre las directivas de voluntad anticipada. En: Dadalto L, coord. Bioética e diretivas antecipadas de vontade. Curitiba: Prismas, 2014:199-215.
4) Rodríguez Almada H. La objeción de conciencia en la normativa uruguaya. Arch Med Int 2013; 35(2):66-8.
5) Mautone M, Rodríguez Almada H. Objeción de conciencia en el ámbito de la salud. Rev Méd Urug 2013; 29(1):40-2.
6) Pascual E, Castelló A. Perspectiva ética, deontológica y legal de las voluntades anticipadas. Gac Int Cienc Forense 2021; 39:70-9.
7) Manzini JL. Las directivas anticipadas para tratamientos médicos. Jurisprudencia Argentina 2001; 4(11):40-7.
Publicado
2021-08-24
Cómo citar
1.
Borches Duhalde F. Ley de Voluntad Anticipada en Uruguay. Rev. Méd. Urug. [Internet]. 24 de agosto de 2021 [citado 17 de noviembre de 2024];37(3):e37311. Disponible en: http://www2.rmu.org.uy/ojsrmu311/index.php/rmu/article/view/744
Sección
Artículos de opinión

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