Lesiones gravísimas causadas por la actuación ilegítima y el terrorismo de Estado en Uruguay
Reporte de diez años de valoración médico-legal y psiquiátrica a las víctimas
Resumen
El rol de la Medicina Legal en derechos humanos y acción forense humanitaria es cada vez más visible. La ley Nº 18.596 indemiza a quienes acrediten haber sufrido lesiones gravísimas por el accionar de agentes del Estado.
Objetivo: contribuir al conocimiento público de la actuación ilegítima y el terrorismo de Estado en Uruguay (13/6/1968 y 28/2/1985) y del aporte de la Medicina Legal en materia de verdad, justicia, memoria, reparación y garantía de no repetición.
Material y método: se estudiaron las solicitudes de indemnización por lesiones gravísimas recibidas en los primeros diez años de vigencia de la ley.
Resultados y discusión: de 166 peticiones, se admitieron 115. En el 95% fue requerido informe médico-legal o psiquiátrico, o ambos. Aunque fue dificultoso demostrar el nexo causal, en 55 casos se estableció un nexo con razonable grado de certeza.
La edad media de las víctimas al momento de producirse las lesiones era de 26 años. La edad media al momento de la indemnización fue de 66 años. Las lesiones demostradas se corresponden con la referida en la bibliografía nacional y extranjera.
Se destaca el hallazgo de una considerable presencia de trastornos psicóticos.
Conclusiones: se indemnizaron 115 víctimas por lesiones gravísimas causadas en su amplia mayoría por prisión política prolongada y tortura. Se observó alta prevalencia de patologías osteoarticulares, trastornos por estrés postraumático crónico y depresión, pero también un alto número de psicosis crónicas. Los informes médico-legales fueron relevantes para demostrar las lesiones gravísimas y su nexo causal con el accionar de los agentes del Estado.
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